BCRA habilitó las cuentas sueldo en dólares: qué cambia
El Banco Central habilitó las cuentas sueldo en dólares mediante la Comunicación A 8460. Qué cambia, cómo funcionan los depósitos y las extracciones.

El Banco Central incorporó al dólar estadounidense como moneda admitida para las cuentas sueldo. La medida permite acreditar haberes en esa divisa y obliga a los bancos a ofrecer depósitos y extracciones en efectivo, con condiciones específicas de disponibilidad y gratuidad.
Las cuentas sueldo en dólares quedaron habilitadas este viernes 24 de julio de 2026 mediante la Comunicación “A” 8460 del Banco Central de la República Argentina, que incorporó formalmente al dólar estadounidense como una moneda admitida para recibir depósitos vinculados con el pago de remuneraciones. De esta manera, las empresas podrán acreditar haberes directamente en dólares cuando esa sea la moneda de pago correspondiente a la relación laboral.
Cómo funcionan los depósitos y las extracciones
La normativa también regula el manejo del efectivo. Los bancos deberán garantizar los depósitos y las extracciones de dólares en la sucursal donde esté radicada la cuenta. La operatoria también podrá estar disponible en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, siempre que la entidad tenga billetes y capacidad operativa.
La cuenta mantendrá su carácter gratuito hasta el monto de las acreditaciones originadas en la relación laboral. Además, los importes no retirados podrán acumularse sin límite de tiempo, sin perder la gratuidad correspondiente a una cuenta sueldo.
Qué cambió en la ley
El cambio bancario completa una modificación que ya había introducido la Ley de Modernización Laboral 27.802. El nuevo artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que el salario “debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera”, y que las remuneraciones deben acreditarse en una cuenta bancaria a nombre del trabajador y sin costo.
Qué no cambia todavía
La decisión no significa que todos los trabajadores comenzarán a cobrar automáticamente en dólares. La Comunicación A 8460 habilita la infraestructura bancaria necesaria, pero no convierte por sí sola un salario pactado en pesos ni obliga a las empresas a modificar la moneda de pago: esa condición deberá surgir del contrato, convenio colectivo o acuerdo laboral aplicable en cada actividad.
La medida tampoco asegura que cualquier cajero automático entregue dólares. La obligación principal alcanza a la sucursal de radicación de la cuenta; en los demás puntos, la disponibilidad dependerá de que el banco cuente con efectivo y tenga habilitada esa operatoria.






