Municipio y Sindicato se Enfrentan por Incumplimiento de Acuerdos Laborales y de Suministro

Ante la solicitud de la Federación conjuntamente con este Sindicato, se iniciaron actuaciones administrativas ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en Rosario. En este contexto, el Poder Ejecutivo Municipal asumió varios compromisos, cuyos incumplimientos han generado tensiones.
- Suministro de Agua Potable: El municipio se comprometió a comprar y proveer bidones de agua potable para varias secciones denunciadas. Sin embargo, en el acta no se incluyeron el Obrador, la Casa de la Cultura ni la Oficina de Empleo. A pesar de que se comunicó la necesidad de incluir estos sectores, solo el Obrador recibió el suministro, dejando a los otros sectores sin agua potable.
- Provisión de Vestimenta y Elementos de Trabajo: Desde enero de 2023, los trabajadores han carecido de vestimenta y elementos de trabajo adecuados. El municipio afirmó haber iniciado los trámites administrativos necesarios y prometió abastecer las áreas prioritarias en un plazo de 90 días, pero hasta la fecha no se ha cumplido.
- Análisis Contable de Recibos de Haberes: El 10 de julio de 2024, se llevó a cabo un relevamiento de los recibos de los trabajadores. Mauricio Herzog, Secretario de Coordinación y Planificación de FESTRAM, junto con el CPN Víctor Dusso y Romina Michaut, constataron errores en las liquidaciones de sueldos. El municipio prometió corregir estos errores y reintegrar las sumas faltantes, pero aún no hay propuestas concretas.
- ART y Riesgos del Trabajo: El municipio enfrenta graves incumplimientos de la Ley de Riesgos del Trabajo y no puede contratar una nueva ART debido a un juicio con Provincia ART S.A. Se acordó elaborar un protocolo transitorio para atender accidentes laborales, pero esto no se ha implementado y no ha habido respuesta a los accidentes recientes.
- Aportes Sindicales: Acordaron mantener conversaciones privadas sobre los aportes sindicales. Hasta ahora, solo se ha pagado abril, mientras que mayo y junio siguen pendientes, a pesar de haber sido descontados a los trabajadores.
- Interpretación del Art. 52 de la Ley 9286: Recientemente, se resolvió que la interpretación del artículo 52, referente a la franquicia de 3 horas para trabajadores municipales, debe analizarse junto con el artículo 72 del Anexo B. Se concluyó que las solicitudes no incluidas en los supuestos del artículo 72 harán perder el presentismo al trabajador.

Ante la falta de cumplimiento de los compromisos y el perjuicio irreparable para los trabajadores, el Sindicato ha decidido llamar a una Asamblea Extraordinaria para adoptar medidas en protección de los afiliados y trabajadores.