Pauta Cero Rosario: presentan un proyecto para prohibir la publicidad oficial paga en la Municipalidad

Los concejales Anabel Lencina, Franco Volpe, Juan Pedro Aleart y Lautaro Enriquez presentaron el proyecto Pauta Cero Rosario, que prohíbe la publicidad oficial paga en la Municipalidad y crea un Sistema Municipal Gratuito de Información Digital.

Palacio Vasallo, sede del Concejo Municipal de Rosario donde se trata el proyecto Pauta Cero Rosario

Palacio Vasallo, sede del Concejo Municipal de Rosario, donde se trata el proyecto Pauta Cero Rosario.

Los concejales Anabel Lencina, Franco Volpe, Juan Pedro Aleart y Lautaro Enriquez presentaron el proyecto Pauta Cero Rosario. La iniciativa, ingresada como Expediente 279.843 en el Concejo Municipal, prohíbe la publicidad oficial paga en toda la Municipalidad. Además, crea un Sistema Municipal Gratuito de Información Digital. En consecuencia, las partidas reasignadas se destinarían a salud, educación, seguridad, deuda flotante y asistencia social directa.

Qué prohíbe y a quién alcanza Pauta Cero Rosario

El artículo 1 del proyecto crea un régimen municipal de austeridad publicitaria denominado Pauta Cero. La norma prohíbe la contratación de publicidad oficial paga, salvo excepciones taxativas. Por otro lado, el alcance subjetivo es amplio según el artículo 5.

El régimen alcanza a la administración central, secretarías y organismos descentralizados. Además, incluye al Concejo Municipal, empresas estatales y sociedades con participación municipal mayoritaria. En este sentido, también comprende fideicomisos públicos y todo ente con control municipal.

El artículo 6 define la publicidad oficial de manera amplia. Por lo tanto, abarca la difusión de logros de gestión y el posicionamiento de imagen. Además, incluye patrocinios, auspicios, coproducciones y convenios de difusión.

Cuáles son las excepciones taxativas que admite el proyecto

El artículo 7 establece sólo cuatro supuestos que habilitan la difusión paga. En primer lugar, las emergencias sanitarias declaradas por autoridad competente. En segundo lugar, las catástrofes naturales o desastres públicos. Además, las alertas de seguridad pública inmediata. Por último, las convocatorias obligatorias por norma legal cuando no existan medios gratuitos suficientes.

Sin embargo, el artículo 8 condiciona toda excepción a un acto administrativo previo. El plazo máximo es de 30 días corridos, prorrogables. Asimismo, requiere autorización por decreto o resolución y un informe del control interno. Además, exige publicación inmediata en el portal de transparencia.

Sistema Municipal Gratuito que propone Pauta Cero Rosario

El artículo 9 crea el Sistema Municipal Gratuito de Información Digital. Funciona como mecanismo obligatorio de difusión no onerosa. Por su parte, el artículo 10 garantiza accesibilidad para personas sin conectividad, con discapacidad o en vulnerabilidad informacional.

Las herramientas previstas en el artículo 11 incluyen un portal único y la publicación digital obligatoria de actos. Además, contempla el Boletín Oficial Municipal Electrónico, la plataforma Open Data Rosario y boletines electrónicos. En consecuencia, el artículo 12 ordena un registro integral de toda acción de difusión institucional, en formato abierto.

Hacia dónde se redireccionarían los fondos de publicidad oficial

El artículo 13 reasigna las partidas presupuestarias destinadas a publicidad oficial. Como resultado, los fondos se canalizarían a salud pública local e infraestructura educativa. Asimismo, contemplan seguridad y prevención comunitaria, cancelación de deuda flotante y programas de asistencia social directa.

Por otro lado, el artículo 14 prohíbe expresamente la elusión por reimputación, fragmentación o simulación presupuestaria. En este sentido, busca evitar maniobras que disfracen el gasto.

Sanciones, auditorías y plazos del proyecto Pauta Cero Rosario

El régimen de Pauta Cero Rosario fija responsabilidades concretas. El artículo 15 considera falta grave administrativa la autorización de gasto prohibido. Además, el artículo 16 establece un régimen de infracciones con instrucción de sumario y sanción disciplinaria. Por su parte, el artículo 17 habilita la acción de repetición contra el funcionario responsable por los montos.

El artículo 18 ordena al Tribunal Municipal de Cuentas auditorías trimestrales obligatorias e informes públicos. Como resultado, el control sería periódico y abierto a la ciudadanía.

Las disposiciones transitorias fijan plazos específicos. El Departamento Ejecutivo Municipal debe presentar la adecuación presupuestaria en 90 días según el artículo 19. Por otro lado, los contratos vigentes se rescinden al vencimiento sin renovación automática. La reglamentación corresponde al Departamento Ejecutivo en 60 días. Además, la vigencia comienza tras su publicación en el Boletín Oficial Municipal.

Los considerandos del expediente citan el principio republicano de publicidad de actos de gobierno. También invocan la Constitución de Santa Fe reformada en 2025. Asimismo, mencionan la Ley provincial 14283 de emergencia previsional. Por otro lado, el texto cita expresamente al Estado Nacional, que dispuso la supresión de la pauta oficial. Según los firmantes, ese antecedente constituye un estándar válido y razonable que Rosario puede adoptar.

El proyecto Pauta Cero Rosario fue presentado el 4 de mayo de 2026. Actualmente se encuentra en tratamiento en las comisiones del Concejo Municipal. Otros proyectos del mismo cuerpo, como el de boxes para motos en obras, también están en estudio. Más información en el sitio oficial del Concejo Municipal de Rosario.

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