Proponen regular el funcionamiento de las agencias de seguridad privada
_El proyecto de ley del diputado Rubén Galassi propone establecer requisitos para la habilitación de las agencias, especifica quiénes pueden ser parte del personal de las mismas y prevé sanciones ante eventuales incumplimientos._
El diputado provincial Rubén Galassi ingresó un proyecto de ley a través del cual se propone regular la prestación privada de los servicios de vigilancia, custodia y seguridad y establecer los requisitos para su habilitación, creando además registros públicos de acceso ciudadano donde se pueda verificar los servicios prestados por cada empresa.
“Para el efectivo control y funcionamiento de las agencias de seguridad privadas, es necesaria una normativa que determine las condiciones en que las mismas deben ser habilitadas, registradas, fiscalizadas y eventualmente sancionadas si no cumplen con la ley”, precisó el diputado del Partido Socialista.
“Se estima que la actividad emplea a más de 10 mil personas en la provincia de Santa Fe”, especificó Galassi, al tiempo que consideró que “es necesario establecer criterios claros para la contratación del personal que trabaja en las agencias de seguridad”.
Cabe señalar que al proyecto de ley presentado por el diputado Galassi, se le adjunta uno similar ingresado por la Defensoría del Pueblo que lleva la firma del defensor adjunto Jorge Henn para su consideración en la Cámara de Diputadas y Diputados.
En cuanto a los antecedentes normativos, el proyecto destaca que “las provincias de Mendoza, Tucumán, Jujuy, San Juan y Neuquén han desarrollado su propia legislación”, mientras que nuestra provincia, “a pesar de registrar antecedentes de proyectos de ley, incluso llegando a tener uno media sanción en 2018, aun cuenta con el asunto pendiente de avanzar en una regulación moderna que defina la actividad de las empresas de este sector como de interés público y complementarias a los servicios de seguridad que brinda directamente el Estado provincial.”
El texto ingresado en la Cámara de Diputadas y Diputados enumera las exigencias para la habilitación, las condiciones para la contratación de personal, y las incompatibilidades, prohibiciones, y obligaciones de los prestadores, como también un régimen de sanciones a las infracciones cometidas por las agencias o el personal de las mismas.
También se dispone que las personas que hayan sido excluidas de las fuerzas armadas o de seguridad, o cuenten con antecedentes penales por delitos de lesa humanidad o relacionados con el ejercicio de la función de seguridad no puedan ser parte del personal en las agencias. El personal que preste servicios en las agencias, en tanto, deberá estar contratado y registrado en relación de dependencia y bajo el régimen de contrato de trabajo.
Cabe recordar que en Santa Fe hubo intentos de avanzar en una regulación para definir al sector como de “interés público” como en otras provincias, y a través de esta normativa se pretende hacerlo, teniendo como autoridad de aplicación al Ministerio de Seguridad de Santa Fe.
Entre los principales puntos de la propuesta se propone crear un “Registro de Prestadores de Seguridad Privada”, que se definirán entre servicios con y sin autorización de uso de armas.
En tanto, los prestadores “deberán brindar sus servicios respetando la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales”, además de colaborar con las fuerzas de seguridad, denunciar en forma inmediata todo hecho presuntamente delictivo, y acreditar los cursos de capacitación y entrenamiento del personal.
Por otra parte -siempre según la norma propuesta por Galassi- los agentes que presten servicios en agencias de seguridad tienen “prohibido” interferir en la labor o arrogarse funciones propias de las fuerzas de seguridad, prestar servicios en los espacios públicos, o usar indumentaria, siglas, símbolos, escudos, logos o nomenclatura similar a los usados por fuerzas de seguridad nacionales o provinciales. Tampoco podrán intervenir en conflictos sociales, políticos, gremiales o laborales.
Asimismo, el personal debe ser mayor de 21 años, poseer estudios secundarios completos, acreditar aptitud psicofísica para el ejercicio de la función, cumplir con la capacitación, y contar con las autorizaciones administrativas pertinentes en caso de uso de arma.
*Sanciones por falsas alarmas*
Por otra parte, Galassi aclaró que “producto de la proliferación de sistemas de alarmas en viviendas particulares y comercios, se ha incrementado notablemente las denuncias que requieren la presencia policial”.
Muchos de estos requerimientos resultan ser falsas alarmas que implican la movilización de recursos públicos por parte de las fuerzas policiales. Por este motivo, el proyecto pretende que se cobre una multa a las empresas de seguridad privada que trasladan a la policía a los casos de activación de los sistemas de alarmas cuando se trate de falsas denuncias.
“Buscamos de esta manera reducir la asignación de recursos que realiza el Ministerio de Seguridad por estos casos, cuya magnitud entorpece significativamente el normal desenvolvimiento de la policía”, explicó Galassi.