Condena judicial contra el Estado: Tecpetrol recibirá más de $2.553 millones por subsidios recortados

Condena judicial Tecpetrol: la Justicia ordenó al Estado pagar más de 2500 millones por subsidios

Imagen ilustrativa: martillo de justicia. Foto: Pixabay

La Justicia federal falló a favor de Tecpetrol, empresa del grupo Techint, en el litigio por el recorte de subsidios al gas no convencional en Vaca Muerta. Como resultado, el Estado deberá abonar $2.553 millones más intereses por compensaciones adeudadas entre agosto y octubre de 2018.

La condena judicial a Tecpetrol: qué dice el fallo

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 6 anuló las resoluciones de la Secretaría de Energía que habían limitado los pagos a la compañía. En consecuencia, el juez Enrique Lavié Pico declaró inválidos los recortes aplicados sobre la producción del yacimiento Fortín de Piedra, ubicado en Neuquén.

La sentencia, firmada el lunes, todavía puede ser apelada ante la Cámara Contencioso Administrativa Federal. Sin embargo, marca un precedente significativo para el sector energético y para futuras disputas vinculadas a programas de fomento productivo.

El origen del conflicto en Vaca Muerta

La disputa tiene raíz en la Resolución 46, un esquema de subsidios creado en 2017 durante el gobierno de Mauricio Macri. Este programa garantizaba un precio mínimo por el gas no convencional producido, con el objetivo de estimular inversiones en la formación neuquina. Además, buscaba posicionar a Vaca Muerta como polo estratégico de desarrollo energético.

Tecpetrol invirtió cerca de US$1.700 millones en Fortín de Piedra. En un plazo muy corto, logró pasar de una producción prácticamente nula a 14 millones de metros cúbicos diarios hacia fines de 2018. Por lo tanto, la empresa llegó a representar el 12% de la producción nacional de gas en ese entonces.

Por qué el Estado recortó los pagos y generó la condena judicial contra Tecpetrol

El éxito productivo de la compañía terminó siendo paradójico. La mayor oferta de gas hizo caer el precio de mercado, lo que amplió la brecha con el precio mínimo garantizado por el programa. En este sentido, el costo fiscal se disparó muy por encima de lo previsto.

El contexto económico agravó la situación. La gestión de Nicolás Dujovne buscaba cumplir la meta de déficit cero exigida por el Fondo Monetario Internacional para 2019. Como resultado, en diciembre de 2018 la Secretaría de Energía, a cargo de Gustavo Lopetegui, dictó resoluciones que limitaron retroactivamente los pagos a Tecpetrol.

El criterio oficial estableció que las compensaciones se calcularían solo sobre los volúmenes de producción proyectados al momento de ingresar al programa. Sin embargo, la producción real casi duplicaba esa estimación original de 8,5 millones de metros cúbicos diarios.

Los argumentos del juez para anular los recortes

El juez Lavié Pico rechazó de plano la postura estatal. Según el fallo, la Resolución 46 definía la producción incluida como la totalidad del gas no convencional de la concesión, sin establecer tope alguno. Además, hasta el dictado de las resoluciones impugnadas, el propio Estado había liquidado los pagos sobre la producción real.

Por otro lado, el magistrado destacó que el entonces Jefe de Gabinete, Marcos Peña, había informado al Senado que las compensaciones dependían del nivel de inyección de gas alcanzado. El Presupuesto Plurianual 2019-2021 también incorporaba las proyecciones actualizadas de la empresa.

La pericia judicial determinó que Tecpetrol perforó 114 pozos en el período analizado, por debajo de los 121 proyectados inicialmente. En consecuencia, el argumento del Estado sobre un plan de inversión más ambicioso quedó desestimado. El salto productivo se explicó por la mayor productividad por pozo, que se triplicó según informes técnicos del expediente.

Qué implica esta condena judicial para Tecpetrol y el sector energético

La sentencia reconoce el derecho de la empresa a cobrar las diferencias adeudadas. Por lo tanto, el Estado contradijo sus propios actos al modificar unilateralmente las condiciones de un programa que había generado derechos adquiridos. Esta decisión podría sentar jurisprudencia para otras compañías que operan bajo esquemas similares de incentivos productivos.

El fallo aún no está firme y la Procuración del Tesoro podría apelar ante la Cámara, lo que extendería el litigio varios años más. Sin embargo, la resolución de primera instancia representa un golpe considerable para las finanzas públicas. Podés leer más noticias del sector en la sección de Negocios de Estacionline. La información fue publicada originalmente por La Nación.

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