El Senado dio media sanción a la nueva ley orgánica de municipios sin viceintendente y con transición ordenada

La Cámara alta de Santa Fe aprobó por unanimidad la norma que complementa la reforma constitucional y fija el marco para las nuevas autonomías municipales. El proyecto no crea la figura del viceintendente y ahora deberá ser tratado en Diputados.
El Senado de Santa Fe dio media sanción a la nueva ley orgánica de municipios, una norma clave para ordenar el funcionamiento de las ciudades en el nuevo esquema de autonomía municipal previsto tras la reforma constitucional. El proyecto fue aprobado por unanimidad y surgió de un acuerdo entre sectores de Unidos y el peronismo.
La iniciativa establece las reglas institucionales que regirán a los municipios, define competencias de los gobiernos locales y ordena la transición hacia el nuevo régimen. También funcionará como marco general mientras las ciudades no dicten sus propias cartas orgánicas, que serán las herramientas con las que podrán definir su organización institucional.
Uno de los puntos más discutidos fue la figura del viceintendente, que finalmente no fue incorporada al texto aprobado. De esta manera, el Departamento Ejecutivo municipal seguirá a cargo de un intendente elegido por voto directo, con mandato de cuatro años y posibilidad de una sola reelección consecutiva. La eventual creación de un vice quedará sujeta a lo que resuelva cada ciudad en su futura carta orgánica.
La norma también fija criterios para la integración de los concejos municipales según la cantidad de habitantes. En las ciudades de más de 150 mil habitantes se sumarán dos concejales cada cien mil habitantes adicionales, mientras que Rosario y Santa Fe mantendrán la cantidad actual de ediles. Además, los concejales tendrán mandatos de cuatro años y podrán ser reelegidos una sola vez de forma consecutiva.
Entre otros aspectos, el texto reconoce funciones municipales en planificación urbana, ambiente, desarrollo productivo, defensa del consumidor, promoción de la salud y convivencia ciudadana. En materia de seguridad, deja en claro que los municipios podrán actuar en prevención social del delito y monitoreo, pero que la seguridad pública y el uso de la fuerza seguirán siendo responsabilidad exclusiva de la provincia.
La ley incorpora además herramientas de participación ciudadana como iniciativa popular, consulta popular, referéndum vinculante, audiencias públicas, revocatoria de mandato y presupuesto participativo. A eso se suma la obligación de garantizar acceso a la información pública y crear mecanismos de control externo sobre la administración local.
Otro punto central es la creación de una mesa de transición ordenada entre autoridades salientes y entrantes. Ese mecanismo obligará a entregar información sobre el estado de la administración y pondrá límites a decisiones que puedan comprometer a la gestión siguiente, con el objetivo de ordenar los cambios de gobierno y reducir conflictos en los traspasos.
La norma también contempla principios de responsabilidad fiscal, transparencia, rendición de cuentas, reglas para contrataciones públicas, límites al endeudamiento y el funcionamiento de la justicia municipal de faltas. Además, establece que hasta que exista una ley específica, los municipios deberán destinar al menos el 10% de sus rentas anuales al Fondo de Asistencia Educativa y a actividades culturales.
Tras la media sanción en el Senado, el proyecto deberá pasar a la Cámara de Diputados, donde se espera el tratamiento definitivo el 8 de abril. Aunque en la Cámara alta hubo unanimidad, en Diputados asoma un escenario más discutido, con objeciones políticas y reclamos vinculados al financiamiento que tendrán los municipios para asumir las nuevas competencias.






